Punto x punto: la nueva Reforma Laboral

El gobierno de Javier Milei reglamentó la reforma laboral que introdujo cambios en indemnizaciones, contratos de trabajo y períodos de prueba. Se promueve el blanqueo de relaciones laborales informales y se flexibilizan las condiciones para el cese laboral. Además, se extiende el período de prueba y se crea un sistema para facilitar acuerdos entre trabajadores y empleados.

Este jueves, el Gobierno de Javier Milei reglamentó la reforma laboral a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 847/2024, introduciendo modificaciones significativas en materia de indemnizaciones, contratos de trabajo, períodos de prueba y flexibilización laboral. A continuación, se explican los puntos más relevantes:

1. Promoción del empleo registrado

La reforma busca formalizar las relaciones laborales no registradas o mal registradas a través de un "blanqueo" que ofrecerá beneficios tanto a empleadores como a trabajadores:

· Condonación de deudas: Se perdonará al menos el 70% de la deuda en aportes y contribuciones. Para MIPYMES, la condonación será del 90% (microempresas y organizaciones sin fines de lucro) y del 80% (medianas).

· Beneficios para trabajadores: Reconocimiento de hasta 60 meses de servicio para el sistema jubilatorio.

· Facilidades de pago: Los empleadores podrán abonar la deuda restante mediante un plan de facilidades de la AFIP o con un descuento del 50% en el caso de pago al contado.

2. Sistema de cese laboral

Este nuevo esquema reemplaza la indemnización actual, brindando mayor flexibilidad en los acuerdos laborales:

· Acuerdo mutuo: El sistema de cese solo se implementará si ambas partes (trabajador y empleador) están de acuerdo, permitiendo alternativas al sistema tradicional de indemnizaciones.

· Adaptabilidad: Las condiciones del cese laboral podrán variar según la región, tipo de empresa o sector. Los sindicatos y la patronal negociarán dentro del convenio colectivo.

Existen tres modalidades posibles:

· Cancelación individual: El empleador paga directamente la indemnización sin la necesidad de crear un fondo.

· Fondo de Cese (individual o colectivo): Se aportan montos mensuales que se acumulan en una cuenta individual o colectiva para ser usados en caso de cese laboral.

· Seguro de Cese (individual o colectivo): Contratación de un seguro que cubra el cese laboral en lugar de la indemnización.

3. Trabajador independiente

Se regulariza la figura del trabajador independiente mediante el régimen del monotributo:

· Declaración jurada: Los trabajadores deberán declarar ante la AFIP que su relación laboral es independiente.

· Límite de colaboradores: Un trabajador independiente no podrá tener más de tres colaboradores a la vez.

4. Simplificación laboral

Para fomentar la formalización laboral, la reforma facilita la registración de los contratos de trabajo. Este se considerará registrado al inscribir al trabajador en los sistemas de la AFIP, independientemente de quién lo haga (empresa o empleador).

5. Presunción de contratos de servicios

La reforma invierte la presunción de contrato de trabajo. Cuando se emitan recibos o facturas por obras o servicios, ya no se presume una relación laboral, sin importar la cantidad de facturas emitidas.

6. Solidaridad

El artículo 92 de la reforma permite a la empresa principal retener pagos si el contratista o intermediario tiene deudas con la Seguridad Social, regulando los procedimientos y límites de esas retenciones.

7. Período de prueba

El período de prueba se extiende de 3 a 6 meses. Este plazo podrá extenderse hasta un año si se acuerda en el convenio colectivo.